Micelio
Auto4 de septiembre de 2025

A- de 2025

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Tito Zorro Del Valle·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

escrito de corrección dentro del término de ejecutoria del auto de inadmisión.

Encontró la Sala Plena de la Corporación que el accionante no cumplió con el requisito de carga argumentativa que habilita un pronunciamiento de fondo sobre el recurso impetrado.

Ello, porque el escrito presentado careció de fundamentos de orden jurídicos encaminados a evidenciar un error, defecto sustancial o actuación arbitraria atribuible a la providencia impugnada, como tampoco expuso razones que cuestionaran de manera directa la motivación adoptada por el magistrado sustanciador en el auto de rechazo.

Con base en lo anterior se RECHAZÓ el recurso impetrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR el recurso de súplica formulado contra el Auto del 22 de julio de 2025, mediante el cual el magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño rechazó la demanda de inconstitucionalidad formulada por el ciudadano Tío Zorro del Valle contra el parágrafo del artículo 265 de la Ley 9 de 1979 por el incumplimiento del requisito de carga argumentativa.
  2. SEGUNDO. Proceda la Secretaría General de esta Corporación a comunicarle el contenido de esta decisión al recurrente, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. En firme esta decisión, archívese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.